ACCIDENTES DE TRABAJO Y/O ENFERMEDADES PROFESIONALES

El personal policial se encuentra sumido en tareas de riesgo durante toda su carrera. Bajo este panorama, puede dar lugar a que el uniformado sufra accidentes de trabajo y/o enfermedades profesionales listadas o no listadas. Estos eventos violentos pueden ocurrir durante la jornada laboral, en el trayecto de ida a o vuelta al servicio o, incluso, al intervenir, franco de servicio, repeliendo un ilícito perpetrado por un delincuente en contra de un tercero o de su propia persona.

En todos los casos, la ART contratada debe responder brindando la debida atención médica, para que el accidentado recupere el estado de salud al mismo estado que se encontraba con anterioridad al accidente. Asimismo, debe abonar los haberes (incluso aumentos y sumas variables) del personal policial hasta obtener alta médica.

En la gran mayoría de los casos, la ART deberá indemnizar al trabajador, sin embargo, cubriéndose bajo la normativa vigente, ésta rechazará el accidente, negará la existencia de secuelas incapacitantes o las disminuirá arbitrariamente afectando seriamente las sumas que el accidentado debería percibir por derecho. Es muy común que las aseguradoras de riesgos del trabajo señalen que sus lesiones son preexistentes o no guardan relación con el siniestro padecido, no se deje engañar, no son más que recursos para evadir su responsabilidad.

Nosotros nos ocupamos de velar para que la ART brinde la atención correspondiente, cuidando de garantizar que recupere su condición psicofísica; sin embargo, si a pesar de la atención debida presenta secuelas incapacitantes, garantizamos que reciba la indemnización que realmente corresponda, formulando los planteos administrativos y judiciales que convengan al caso, cerciorándonos que la indemnización debida se ajuste a las lesiones padecidas.

Paralelamente, asesoramos y/o realizamos las peticiones que cada caso pudiera suscitar de manera anterior y/o posterior al alta médica respecto al control que medicina laboral o junta médica policial realizaran. Tenga presente que el estado policial puede verse afectado frente a un accidente de trabajo. Nosotros poseemos amplia experiencia brindado al personal policial un doble seguimiento, frente al trámite en Comisiones Médicas como así también en Junta Médica policial, Medicina laboral, solicitando el encuadramiento de lesiones y/o el retiro obligatorio en caso de que sea necesario. Recuerde que tiene un plazo de dos años para reclamar desde que el accidente haya acontecido.